Micelio
Auto11 de junio de 2014

A- de 2014

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Aurora Cortes De Caviedes·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela En Materia De Pension De Sobrevivientes
  • Competencia del juez de primera instancia para iniciar trámite de incidente de desacato de la sentencia T-217/12
  • No asumir petición de trámite de incidente de desacato de sentencia T-217/12
Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia
Corte Constitucional
  • Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La memorialista presenta incidente de desacato frente a la sentencia T-217/12y la Sala reitera que es al juzgado de primera instancia dentro del proceso de tutela, a quien le corresponde conocer de esta clase de incidentes y disponer las medidas que eventualmente se llegaran a requerir.

Se decide no asumir la petición de trámite del incidente de desacato y remitir dicha solicitud al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá para que determine lo que estime pertinente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NO ASUMIR la petición de trámite del incidente de desacato, formulada por la señora Aurora Cortes de Caviedes.
  2. Segundo. REMITIR al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá la solicitud de incidente de desacato frente a la sentencia T-217 de 2012, para que determine lo que estime pertinente.
  3. Tercero. INFORMAR a la solicitante esta decisión, por intermedio de la Secretaría General de esta corporación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.